El permiso condicional humanitario (Humanitarian Parole) es usado moderadamente para permitirle la entrada a Estados Unidos a alguien que de otra manera es considerado inadmisible en éste país.
El mismo es otorgado por un periodo de tiempo determinado y la razón para fundamentar la petición debe ser por una emergencia. Existen situaciones cuando un familiar afuera de los Estados necesita visitar a los Estados Unidos para recibir asistencia médica, asistir a un funeral, visitar a un familiar que se ha accidentado o que está enfermo y no tiene una visa de turista americana válida.
USCIS puede aprobar un permiso humanitario temporal a:
• Cualquiera que aplique para ser admitido en los Estados Unidos basándose en razones humanitarias urgentes o si existe un significativo beneficio público.
• Se extenderá por un período de tiempo que corresponda con la duración de la emergencia o de la situación humanitaria.
Requisitos para el Permiso Humanitario:
• Cualquier persona puede solicitar un permiso condicional humanitario.
• Puede presentar una solicitud si no logra obtener una visa de admisión de parte del Departamento de Estado para ingresar a los Estados Unidos.
• No puede utilizar el permiso humanitario para evadir el procedimiento normal de solicitud de visa o para evitar procesos migratorios. Como se menciona anteriormente, debe existir una razón humanitaria urgente o un beneficio público significativo para que el permiso pueda ser aprobado.
¿CÓMO PUEDO SOLICITARLO?
Para aplicar se deben llenar dos formularios I-131 para solicitar el permiso para viajar y el formulario I-134 cual es una declaración jurada sobre recursos económicos. Además, se solicita para recibir tratamiento médico debe incluirse documentación de por qué no puede recibir dicho tratamiento en su país. Asimismo, enviar toda la documentación adicional y detallada de apoyo que sirva para demostrar que existe una emergencia. También tiene que demostrar el costo estimado del tratamiento y una explicación sobre cómo se pagará el tratamiento y Cómo va a pagar para volver a su país.
Para más información sobre este proceso llame a la abogada Noemí Puntier al
404-902-6004.
